Luego que la propuesta del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) de transformar su viceministerio de comunicaciones en viceministerio de las TIC no prosperara, hoy en día, es frecuente escuchar o leer comentarios de funcionarios del MTC que, ante los beneficios de las TIC, suelen llevar el tema inmediatamente hacia su terreno, con expresiones del tipo: “debemos tener presente que todo ese maravilloso mundo no podrá sostenerse si no se cuenta con conectividad”.
De esta manera, el MTC volvió a sus raíces: las telecomunicaciones, y, en particular, el espectro radioeléctrico.
En efecto, el año 2018 tuvo como protagonista al espectro (¡hasta los youtubers se pusieron a hablar de ello!). No solo en el Perú sino más allá.
La posible concentración de espectro en la banda 2.5 GHz de América Móvil producto de adquisiciones, o la asignación a Bitel de parte de la banda 2.5 GHz a solicitud de parte, con total falta de transparencia y sin que mediara un concurso público, resultaron temas candentes en los medios de prensa, que llevaron las discusiones incluso hasta el Congreso de la República.
Llamó también la atención cierto conflicto de poderes entre el regulador Osiptel y el MTC. Ciertamente, los comentarios de Osiptel a los proyectos normativos sobre reordenamiento de espectro propuestos por el MTC insistieron en la necesidad de que, en su rol de autoridad de competencia, su opinión debería ser vinculante en todos los procesos de reordenamiento.
Así, en el 2018, términos que habían quedado un tanto rezagados en el discurso público, de pronto retornaron a los medios: atribución de frecuencias, canalizaciones, reordenamiento de bandas, topes de asignación de espectro, metas de uso de espectro, arrendamiento de bandas de frecuencias.
Dejando de lado las controversias sobre el caso Bitel, y las transferencias de espectro a América Móvil, en lo que sigue pasaremos revista a la normativa referida al espectro durante el año 2018.
Canon por el uso del espectro
El año empezó con el tema controversial de la fórmula para calcular el canon por el pago del uso del espectro, la cual determinaba el monto del canon en función de la cantidad de terminales móviles activos, y, para el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), constituía una barrera burocrática carente de razonabilidad.
Por ello, la nueva fórmula publicada en el “TUO del reglamento de la ley de telecomunicaciones” incorpora en el cálculo del canon criterios que valorizan el ancho de ancha, el número de bloques, la extensión del área asignada, el desarrollo de la zona y la participación del servicio móvil en el sector de telecomunicaciones, incluyendo incentivos para implementar o mejorar la infraestructura como parte del pago.
En realidad, la discusión de dicha fórmula dista mucho de estar zanjada, lo cual se desprende de las inquietudes mostradas por los operadores al momento de emitir sus comentarios al proyecto (por ejemplo, los operadores no estuvieron de acuerdo con incluir en la fórmula el presupuesto objetivo del MTC, por considerarlo totalmente discrecional).
Atribución, canalización y reordenamiento de bandas de frecuencia
En febrero el MTC modificó el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF). Dichas modificaciones al PNAF tuvieron por objeto: (i) declarar en reserva algunas bandas de frecuencias, para su reordenamiento y modificación a fin de que sean consideradas para las Telecomunicaciones Móviles Internacionales (IMT), que permitan servicios 3G, 4G y superiores, y (ii) determinar la forma de asignación de estas bandas.
Las bandas modificadas fueron:
- 450 – 470 MHz
- 698 – 960 MHz
- 1 427-1 518 MHz
- 1 710-1 885 MHz
- 2 300-2 400 MHz
- 2 500-2 690 MHz
- 1 885-2 025 MHz
- 2 110- 2 200 MHz
- 3 400–3 600 MHz
En marzo, el MTC dejó sin efecto la resolución sobre la canalización de la banda de 2 500 – 2 692 MHz e incorporó una nueva canalización de dicha banda a nivel nacional, de acuerdo a lo siguiente:
Asimismo, dejó sin efecto la resolución que establecía la restricción de la disponibilidad de frecuencias de la banda 2 500 – 2 692 MHz.
En agosto, el MTC modificó nuevamente el PNAF a fin de declarar en reordenamiento las siguientes bandas de frecuencias:
Adicionalmente, el MTC precisó que en caso de bandas de frecuencias fuera de Lima y Callao, la asignación del espectro radioeléctrico atribuidas a título primario, se realiza por concurso público (salvo disposición normativa que establezca lo contrario y para los casos de radioenlaces digitales), y las solicitudes de asignación de espectro radioeléctrico y de transferencia de espectro, una vez admitidas y cumplidos los requisitos formales, son publicadas en el portal institucional del MTC por un plazo de 5 días hábiles.
Antes de iniciar dichos reordenamientos, en octubre, el MTC aprobó un reglamento específico para el reordenamiento de una banda de frecuencias. Dicho reglamento incluye los procedimientos consistentes en mecanismos para valorar el espectro (en MHz-POP), primero previo al reordenamiento, y luego posterior a la distribución de las bandas (este último podrá exceder en 2% el valor cuantificado total del operador, y puede generar modificaciones en las áreas geográficas asignadas, y de las porciones de espectro asignadas), así como la estimación de las obligaciones resultantes (en USD), exigibles a través de la provisión de redes, ampliación de cobertura y/o servicios. El reordenamiento no implicará ningún tipo de compensación económica a los operadores.
Finalmente, teniendo las reglas claras para el tema del reordenamiento, en diciembre el MTC dispuso iniciar el reordenamiento las bandas de frecuencias 2500 – 2690 MHz y 2300 – 2400 MHz. El reordenamiento de ambas bandas tendría como plazo máximo el mes de julio del 2019.
Asignación temporal
En julio, el MTC amplió formalmente los casos para la asignación temporal de espectro (previamente, la normativa únicamente permitía el caso de aplicaciones de nuevas tecnologías).
Así, ahora el MTC puede asignar el espectro radioeléctrico en forma temporal en los siguientes casos:
- Para realizar pruebas para aplicaciones de nuevas tecnologías o estudios técnicos.
- Para cubrir eventos de carácter noticioso, deportivo, cultural, académico o para prensa extranjera
- Para actividades de relevante interés nacional, las mismas que serán sustentadas con documento fehaciente que acredite su relevancia
- Para ser utilizado en situaciones de emergencia, entre otros, como las originadas por terremotos, maremotos, aludes, deslizamientos, inundaciones u otros hechos que requieran atención especial
- Para cubrir eventos de carácter diplomático, siempre y cuando las personas que ingresen al territorio nacional se encuentren debidamente acreditadas ante el Ministerio de Relaciones Exteriores
En realidad, dichas asignaciones ya se venían dando en la práctica, por ello la norma fue una formalidad a fin de adecuarla a los hechos.
Transferencias
En abril, el MTC aprobó la transferencia del Bloque B de la Banda de las Frecuencias 2300-2400 MHz otorgada a la empresa Directv, a favor de la empresa Direcnet, la cual fue creada en diciembre del 2016 con el fin de brindar el servicio de Internet inalámbrico. En mayo, Entel adquirió Direcnet.
En junio, a fin de otorgar mayor certeza y predictibilidad en el otorgamiento de derechos y salvaguardar el uso del espectro radioeléctrico, el MTC modificó el TUO del reglamento de la ley de telecomunicaciones, a fin de precisar que las solicitudes de transferencia de concesión, así como las solicitudes de transferencia de asignación de espectro radioeléctrico están sujetas al silencio administrativo negativo.
Proyectos normativos: topes, metas de uso y arrendamiento de espectro
Desde fines de noviembre, el MTC comenzó a bombardear al sector con proyectos normativos referidos al espectro.
Actualmente existen topes de espectro en las bandas 700 MHz, 850 MHz, 800 MHz, 900 MHz, 1 900 MHz, 1.7 / 2.1 GHz y 3.5 GHz. El 24-nov-18, el MTC publicó el proyecto donde ha propuesto fijar topes por grupos de bandas y grupos económicos, sin afectar la aplicación y vigencia de los topes citados anteriormente. Los topes propuestos son 140 MHz en bandas bajas (<=2.2 GHz), y 120 MHz en bandas medias (>2.2 GHz y <= 6 GHz). El MTC consideró que en bandas bajas el mercado está poco concentrado (posiblemente debido a la existencia previa de topes), y estableció el tope considerando el redondeo del máximo asignado (Telefónica: 137.5 MHz). El problema estaría en las bandas medias, donde se tiene una alta concentración por grupo, por lo que el MTC propuso el tope de 120 MHz, lo que implicaría que Claro (considerando Olo y TVS Wireless) y Entel (considerando Americatel y Direcnet) estarían por encima del tope (Claro: 188 MHz y Entel: 214 GHz). A Bitel sería el único que podría asignársele espectro adicional en la banda 3.5 GHz.
El mismo 24-nov-18, el MTC publicó el proyecto para normar las metas de uso del espectro, basado en una metodología difícil de implementar, tal como evidencia la experiencia internacional, despertando las dudas acerca de la viabilidad de su implementación.
Finalmente, el pasado 14-dic-18, el MTC publicó el proyecto de norma que regula el arrendamiento de espectro. El objeto de la norma es establecer el procedimiento, los criterios y requisitos para la autorización de arrendamiento de espectro, con la finalidad de promover un mayor aprovechamiento del espectro (uso más flexible y eficiente, ya que se asigna el espectro temporalmente a quien más lo valore).