En un artÃculo previo comenté acerca de que ya ha cumplido el plazo de las obligaciones impuestas por OSIPTEL a los operadores para implementar herramientas de medición de calidad de internet, y sin embargo los operadores aún no han implementado dichas herramientas de medición.
- ¿Cuál es la normativa asociada a las obligaciones para implementar herramientas de medición de calidad de internet?
- ¿Qué alegan los operadores para no haber cumplido con dichas obligaciones hasta la fecha?
Antecedentes
Mediante Resolución 123-2014-CD, publicada el 16-oct-14, OSIPTEL emitió el Reglamento de Calidad de Servicio, en el cual estableció los indicadores y parámetros para la calidad del servicio de acceso a internet:
- Cumplimiento de Velocidad MÃnima (CVM),
- Velocidad Promedio (VP),
- Tasa de Ocupación de Enlaces (TOE),
- Tasa de Transferencia de datos (TTD),
- Tasa de Pérdida de Paquetes (TPP),
- Latencia (L), y
- Variación de la Latencia (VL)
A su vez, detalló 3 escenarios de medición desde el lado del usuario hacia los:
- Servidores ubicados en el núcleo de la red del ISP
- Servidores en el NAP Perú
- Servidores ubicados fuera del territorio nacional
Más adelante, el 20-ene-16, OSIPTEL publicó la Resolución 005-2016-CD, la cual modifica el Reglamento de Calidad, estableciendo el Procedimiento de Supervisión del Servicio de Internet, donde otorga 3 meses de plazo (i.e. hacia el 21-abr-16) para implementar herramientas de medición realizadas por los usuarios vÃa web y 5 meses de plazo (i.e. hacia el 21-jun-16) para la puesta en operación de los sistemas de medición mediante sondas.
El 17-abr-16, mediante Resolución 042-2016-CD, OSIPTEL amplió el plazo a 6 meses adicionales, es decir, hacia el 21-oct-16 para la medición realizada por los usuarios, y hacia el 21-dic-16 para las mediciones por los operadores.
Finalmente, la Resolución159-2016-CD, publicada por OSIPTEL el pasado 21-dic-16, modifica lo que el mismo OSIPTEL propuso 11 meses atrás, precisando que la implementación de herramientas de medición realizadas por los usuarios vÃa web no aplican para los operadores que tengan menos de 5 mil abonados (OSIPTEL les facilitarÃa una herramienta), y adicionalmente reduce los puntos de medición aplicables de 3 a 2 (operadores que no pertenecen a NAP Perú no les será aplicable dicho punto de medición, y para los operadores que pertenecen a NAP Perú no les será aplicable la medición del núcleo de su red).
Ciertamente, tal como señala OSIPTEL, el regulador se encuentra en constante proceso de mejora normativa, por lo que si bien la publicación inicial no especificó restricciones en las obligaciones, OSIPTEL considera que se debe regular de forma asimétrica, estableciendo menor carga para las empresas con menor participación de mercado.
Sin embargo, las discusiones van más allá de ello.
Demandas y crÃticas de los operadores sobre la implementación de herramientas de medición de calidad de internet
En los comentarios de los operadores con motivo del proyecto normativo que devino en la Resolución 042-2016-CD, observamos algunas crÃticas que éstos le harÃan a OSIPTEL con respecto a la implementación de las herramientas de medición de calidad de internet, y el por qué hasta la fecha no lo han implementado.
Los operadores que presentaron comentarios fueron Telefónica, América Móvil, Entel, Americatel, Yachay y Level 3.
Telefónica
Telefónica observó los siguientes puntos:
- La herramienta de medición implementada por OSIPTEL debe ser compartida por todos los operadores, independientemente del número de abonados
- Eliminar el punto de medición internacional
- Se debe otorgar un plazo adicional de 1 año para la implementación
Las respuestas de OSIPTEL a dichas observaciones fueron:
- Dadas las restricciones presupuestales, OSIPTEL no puede subsidiar el costo de estas herramientas para los operadores de mayor tamaño
- No se pronunció por estar fuera del alcance del proyecto normativo
- OSIPTEL ya otorgó anteriormente 6 meses adicionales de plazo
América Móvil
América Móvil observó los siguientes puntos:
- No entienden por qué la distinción de los operadores con menos de 5 mil abonados a más de 11 meses de publicada la obligación
- Se debe otorgar un plazo adicional mÃnimo de 60 dÃas
- Las mediciones deben ser en el core del operador y no en el NAP
Las respuestas de OSIPTEL a dichas observaciones fueron:
- OSIPTEL considera que se debe regular de forma asimétrica
- OSIPTEL ya otorgó anteriormente 6 meses adicionales de plazo
- Con fines de comparabilidad de mediciones, se requiere que se hagan mediciones en NAP Perú
Entel
Entel observó los siguientes puntos:
- Es imposible cumplir con la obligación el 21-oct-16, tal como dice el Reglamento, ya que no tienen la certeza de si las modificaciones tratadas durante diversas reuniones finalmente se recogerÃan
- Eliminar el punto de medición internacional
Las respuestas de OSIPTEL a dichas observaciones fueron:
- OSIPTEL ya otorgó anteriormente 6 meses adicionales de plazo
- No se pronunció por estar fuera del alcance del proyecto normativo
Americatel
Americatel observó los siguientes puntos:
- No identifican justificación del parámetro de 5 mil abonados para establecer diferenciación entre operadores. Proponen que la distinción sea para operadores con menos de 1% de participación
- Otorgar plazo adicional para implementación, ya que está pendiente quiénes serÃan finalmente los operadores obligados
- Eliminar el punto de medición internacional
Las respuestas de OSIPTEL a dichas observaciones fueron:
- Uso de porcentaje resulta relativo, más aún considerando el crecimiento del mercado
- OSIPTEL ya otorgó anteriormente 6 meses adicionales de plazo
- No se pronunció por estar fuera del alcance del proyecto normativo
Yachay
Yachay observó que no identifican justificación del parámetro de 5 mil abonados sin considerar expectativas de crecimiento de empresas. A su vez, propuso elevar el umbral a 10 mil abonados como mÃnimo.
OSIPTEL respondió que ha considerado un número especÃfico de abonados que permita dimensionar la carga del servidor de OSIPTEL.
Level 3
Level 3 observó los siguientes puntos:
- No encuentran un análisis costo beneficio en la propuesta normativa
- No identifican justificación del parámetro de 5 mil abonados sin considerar expectativas de crecimiento de empresas. Proponen elevar el umbral a 10 mil abonados como mÃnimo
Las respuestas de OSIPTEL a dichas observaciones fueron:
- Dadas las restricciones presupuestales, OSIPTEL no puede subsidiar el costo de estas herramientas para los operadores de mayor tamaño
- OSIPTEL ha considerado un número especÃfico de abonados que permita dimensionar la carga del servidor de OSIPTEL
En conclusión, podemos ver que los operadores estarÃan demandando un mayor plazo para implementar las herramientas de medición de calidad de internet, debido a la incertidumbre generada durante una serie de reuniones con OSIPTEL, donde el regulador habrÃa manifestado que incorporarÃa modificaciones al Reglamento, especificando criterios para establecer qué operadores estarÃan sujetos a dichas obligaciones y en qué servidores tendrÃan que implementarse.
Leave a reply